Modifica el Código del Trabajo.
Buscan prohibir la exigencia de vestimenta o calzado que afecte la salud o dignidad de trabajadores y trabajadoras.
Corresponde ahora que la iniciativa -en primer trámite constitucional- sea analizada por la Comisión de Trabajo y Seguridad social de la Cámara de Diputados.

El proyecto de los diputados Alarcón, Bianchi, Boric, Carvajal, Cicardini, Hirsch, Mellado, Olivera, Rojas y Silber, expone que no es posible tolerar que a los y las trabajadoras se les exija vestimenta o calzado que sea dañino para la salud y que afecte su dignidad o propicien situaciones complejas o derechamente abusivas de acoso sexual, toda vez que el desempeño de una labor no debiese quedar condicionado a dichas circunstancias.
Enseguida, identifican que la realidad de nuestro país no está alejada de la realidad internacional, puesto que según el informe anual 2018 «Estadísticas de Seguridad Social» de la Superintendencia de Seguridad Social, las enfermedades músculos esqueléticas representan la mayoría de los diagnósticos de las denuncias por enfermedades profesionales calificadas, con un 43% en2018, seguido por la Salud Mental con un 36%.
A continuación, indican que, en relación a lo anterior, existen estudios médicos y laborales tanto internacionales como nacionales que dan cuenta que el cierto uso o no de vestimenta o calzado en contexto laboral posibilitan una mayor cantidad de lesiones por accidentes y enfermedades laborales. Pese a los notables esfuerzos por velar por el cuidado y protección en salud y dignidad en el trabajo en contexto de cierto uso de vestimenta laboral, es posible señalar que en la actualidad es insuficiente.
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