Propuesta enviada a segundo trámite legislativo al Senado.
Cámara de Diputados aprobó dar vigencia a Ley de Filiación a personas inscritas previamente a su publicación.
La normativa vigente desde octubre de 1998 fue aplicable a los casos posteriores a la publicación de la ley, dejando a las personas nacidas previamente bajo el régimen anterior, que distinguía entre hijos legítimos e ilegítimos.

La Cámara de Diputados aprobó, por la unanimidad de 113 votos a favor, conforme al texto acordado por la Comisión de Constitución, dar vigencia a Ley de Filiación a personas inscritas previamente a su publicación.
Cuando la Ley de Filiación entró en vigencia hace 20 años se dio un importante paso para terminar con la diferenciación entre hijos legítimos e ilegítimos, es decir, aquellos nacidos en un matrimonio o fuera de este. Sin embargo, como todo marco legal general, su aplicación fue para los casos registrados a partir de su fecha de publicación en el Diario Oficial: el 26 de octubre de 1998.
Dando cuenta de la problemática que ello implicaba para muchos chilenos y chilenas nacidos previamente a esa fecha, un grupo de legisladores encabezados por el diputado Cruz-Coke, presentó este proyecto de ley que vino a subsanar el tema.
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