En último trámite.
Cámara de Diputados despachó proyecto que crea Defensor de los Derechos de la Niñez.
El Defensor deberá velar por el establecimiento de instancias y procedimientos de comunicación, conciliación y mediación, expeditos y efectivos.

Por la unanimidad de 107 votos, la Cámara de Diputados aprobó el informe de la Comisión Mixta referido al mensaje que crea un Defensor de los Derechos de la Niñez, y que resuelve las diferencias entre ambas corporaciones, fundamentalmente respecto del rango de acción del organismo, la forma de nombrar al defensor y las hipótesis sobre las cuales se encuentra habilitado para poder interponer acciones y querellas.
Al efecto, cabe recordar que el texto indica que la Defensoría podrá intermediar o servir de facilitador entre los niños y los órganos de la Administración del Estado o aquellas personas jurídicas que tengan por objeto la promoción o protección de derechos de los niños, cuando haya tomado conocimiento, de oficio o a petición de parte, de actos u omisiones que pudieren vulnerar tales derechos. El Defensor deberá velar por el establecimiento de instancias y procedimientos de comunicación, conciliación y mediación, expeditos y efectivos, de conformidad a la ley.
También podrá requerir antecedentes o informes a los órganos de la Administración del Estado o a aquellas personas jurídicas que tengan por objeto la promoción o protección de los derechos de los niños, cuando, dentro del ámbito de sus competencias, tome conocimiento, de oficio o a petición de parte, de posibles vulneraciones a tales derechos por actos u omisiones de las entidades.
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