No existe norma que obligue a audiencia previa.
Candidatos que sean ratificados o propuestos en el Congreso Nacional serían entrevistados en Comisión de cada Corporación.
La moción establece que el Senado y la Cámara de Diputados establecerán en sus respectivos reglamentos las comisiones que recibirán, en una o más audiencias, a aquellas personas que han sido propuestas para cargos en que, una o ambas Cámaras, participan en su proceso de nombramiento.

Un grupo de legisladores, encabezados por el Presidente de la Cámara, diputado Andrade, y por los diputados Boric, Bellolio, Cariola, Cicardini y Fernández, presentaron una moción que obliga a recibir en las comisiones de ambas Cámaras a candidatos a cargos en cuyo nombramiento les corresponda intervenir.
En proyecto de ley, derivado a la Comisión de Constitución para su estudio, los legisladores resaltaron que, pese a la participación de ambas Cámaras en la designación de un conjunto de relevantes autoridades, no existe en la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional norma alguna que obligue a efectuar una audiencia previa, para escuchar el testimonio de los candidatos a servir tales cargos, antes de proceder a su nombramiento.
Los diputados explicaron que, si bien el Senado suele recibir a los candidatos antes de ratificar su nombramiento, en una sesión de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, ello no siempre sucede. Ejemplificaron, que "sin ir más lejos, los candidatos a desempeñarse como ministros del Tribunal Constitucional suelen ser designados sin mayor debate".
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