Promueve participación.
Comisión aprueba norma que define funciones propias de los partidos políticos.
La iniciativa se encuentra en primer trámite constitucional, y en próxima sesión se espera que se aborden las propuestas que modifican los artículos sobre procedimientos de constitución y estatutos de los partidos políticos.

En el marco de la discusión en particular del proyecto de ley que fortalece el carácter público y democrático de los partidos políticos, la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia de la Cámara de Diputados aprobó la modificación al artículo 2° de la ley 18.603 de Partidos Políticos, para especificar qué se entenderán por actividades propias de las colectividades.
Al efecto, se definió que es una actividad propia de aquellas destinadas a poner en práctica sus principios, postulados y programas. Asimismo, contribuir a la formación de los ciudadanos y presentar candidatos a los cargos de elección popular.
De igual manera, se estableció que los partidos políticos participarán en la formación política de la ciudadanía y promoverán la interrelación activa entre los ciudadanos y las instituciones del Estado.
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