Diario Constitucional

Promueve participación.

Comisión aprueba norma que define funciones propias de los partidos políticos.

La iniciativa se encuentra en primer trámite constitucional, y en próxima sesión se espera que se aborden las propuestas que modifican los artículos sobre procedimientos de constitución y estatutos de los partidos políticos.

Por Redacción·17 de septiembre de 2015·2 min de lectura
Comisión aprueba norma que define funciones propias de los partidos políticos.
Referencial

En el marco de la discusión en particular del proyecto de ley que fortalece el carácter público y democrático de los partidos políticos, la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia de la Cámara de Diputados aprobó la modificación al artículo 2° de la ley 18.603 de Partidos Políticos, para especificar qué se entenderán por actividades propias de las colectividades.

Al efecto, se definió que es una actividad propia de aquellas destinadas a poner en práctica sus principios, postulados y programas. Asimismo, contribuir a la formación de los ciudadanos y presentar candidatos a los cargos de elección popular.

De igual manera, se estableció que los partidos políticos participarán en la formación política de la ciudadanía y promoverán la interrelación activa entre los ciudadanos y las instituciones del Estado.

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