En votación dividida.
CS revocó sentencia de la Corte de Santiago que acogió acción de protección contra decisión administrativa que dispuso término anticipado de contrata.
Se dedujo recurso de protección en contra del Director Nacional del Servicio Nacional de Menores, por poner término anticipado a la contratación de una funcionaria invocando razones necesidades del servicio. La actora consideró que el acto recurrido era ilegal y arbitrario, vulnerando sus garantías constitucionales de la igualdad ante la ley y del derecho de…

Se dedujo recurso de protección en contra del Director Nacional del Servicio Nacional de Menores, por poner término anticipado a la contratación de una funcionaria invocando razones necesidades del servicio. La actora consideró que el acto recurrido era ilegal y arbitrario, vulnerando sus garantías constitucionales de la igualdad ante la ley y del derecho de propiedad.
La Corte de Apelaciones de Santiago acogió la acción constitucional, pero la Corte Suprema revocó la sentencia en alzada.
En su fallo, el máximo Tribunal tuvo presente que el estatuto administrativo define el cargo a contrata como “aquél de carácter transitorio que se consulta en la dotación de una institución”, y que “durarán, como máximo, sólo hasta el 31 de diciembre de cada año y que los empleados que los sirvan expirarán en sus funciones en esa fecha por el solo ministerio de la ley, salvo que hubiere sido dispuesta la prórroga”. Así, concluye que este tipo de cargos “tienen como especial característica su transitoriedad, encargándose la ley de fijar un término máximo de duración; pero ello no es óbice para que el jefe superior del servicio pueda ponerle término antes de la fecha indicada”.
Te puede interesar

Sobre reformas al sistema de salud.
LyD publicó informe que analiza los riesgos en la implementación del Plan Garantizado de Salud.

Sentencia no incurre en ultrapetita.
CS desestimó recurso de casación en la forma en contra de sentencia de la Corte de Santiago que había acogido demanda de petición de herencia.

Tercera sala.
CS rechaza acción de protección por negativa de Asociación de Canalistas a entregar dotaciones de agua.

