Recurso de casación acogido.
Debió acogerse la demanda de aumento de alimentos porque se acreditó la participación del demandado de pensión como abogado en diversos juicios y debe presumirse que obtuvo honorarios por tal actuación.
La sentencia infringió las reglas de la lógica, en particular, el principio de no contradicción.

La Corte Suprema acogió el recurso de casación en el fondo interpuesto por la demandante en contra de la sentencia que, confirmando la de primer grado, acogió parcialmente la demanda de aumento de alimentos.
Lo anterior, dado que después de fijarse la pensión de alimentos, el demandado obtuvo el título de abogado, participando de un estudio jurídico. De este modo, al dar por acreditado la participación del demandado como abogado en diversos juicios y, luego, concluir, sin prueba alguna en contrario, que no obtuvo ningún tipo de renta u honorario por tal actuación, prescindiendo de la naturaleza misma del mandato y de las normas que lo regulan, la sentencia infringió las reglas de la lógica, en particular, el principio de no contradicción, al cual debe ajustarse el ejercicio de apreciación probatoria conforme a lo prescrito en el artículo 32 de la Ley 19.968.
Añade el máximo Tribunal en su fallo, que la sentencia impugnada desestimó que se haya producido un cambio en las circunstancias del progenitor que permita modificar el monto de la obligación, limitándose a aceptar su propuesta de aumento, lo que es consecuencia de un errado proceso de apreciación probatoria, al desatender a las reglas de la lógica durante el examen de la documental rendida por la actora, quien acreditó que el demandado ha participado como abogado en, a lo menos, doce causas seguidas ante tribunales civiles y penales, y, si bien no se probó el monto preciso que tal actividad profesional le ha reportado por concepto de honorarios profesionales, lo cierto es que debe presumirse que los percibe y que, en consecuencia, sus ingresos son sustancialmente superiores a los que se establecieron sobre la única base de su empleo como administrador de recursos humanos y supervisor, que desarrollaba antes de titularse.
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