Modifica Ley N°19.300
Diputados presentan iniciativa que establece un requisito para las obras de mitigación que se planteen
“que la ley no señala en ninguna parte dónde deben quedar emplazadas las obras de mitigación o reparación que decida realizar la organización encargada de realizar un proyecto o actividad”

La moción, de los diputados Becker, Browne, Martínez, Monckeberg, Pérez, Sabat, Sandoval, Santana, Sauerbaum y Verdugo, expone que si bien hay proyectos que no causan daño ambiental, si provocan un daño social “pues para su construcción u operación necesitan intervenir comunidades, caminos o sectores enteros, alterando el hábitat social o natural que existió en otro tiempo”.
Una reacción frente a lo anterior, son las «medidas de mitigación, compensación o reparación», que no son otra cosa que contrapesos que negocian los afectados por un proyecto o actividad que beneficiará a la sociedad, las cuales “pretenden reparar el daño causado, compensar el mismo a través de prestaciones iguales o superiores, o evitar que el daño sea mayor al que posiblemente se pudiera causar”.
Observa luego que no obstante lo anterior, han detectado “que la ley no señala en ninguna parte dónde deben quedar emplazadas las obras de mitigación o reparación que decida realizar la organización encargada de realizar un proyecto o actividad”.
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