Diario Constitucional

Ley de Rentas Municipales

Diputados proponen precisar la oportunidad para notificar los cobros municipales por derechos de aseo o publicidad

Entre las funciones privativas y propias de las Municipalidades y en el ámbito de su territorio, están el aseo y ornato de la comuna, así como la administración de los espacios públicos, como es el caso de la publicidad.

Por Redacción·18 de julio de 2012·2 min de lectura
munistgo.cl
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La moción de los diputados Becker, Browne, Cristi, Estay, Hernández, Hoffmann, Morales, Schilling, Ward y Zalaquett, expone que entre las funciones privativas y propias de las Municipalidades y en el ámbito de su territorio, están el aseo y ornato de la comuna, así como la administración de los espacios públicos, como es el caso de la publicidad.

Observa luego que, de conformidad a lo dispuesto en la Ley de Rentas Municipales, tanto por el servicio de aseo como por la publicidad comercial, estos entes descentralizados territorialmente cobran un derecho por estos conceptos. Sin embargo, no se contempla un precepto que se refiera a la prescripción por deudas originadas en la prestación de servicios de aseo y o publicidad, con lo cual deben aplicarse las reglas generales del artículo 2521 del Código Civil, que dispone que prescriben en tres años las acciones a favor o en contra del fisco y de las municipalidades.

No obstante lo anterior, la ley no establece en ninguna parte un plazo o fecha para enviar el aviso de cobro de dichos derechos, por lo que es frecuente que el contribuyente reciba en vísperas de cumplirse el plazo de prescripción de los tres años, un aviso de cobro de derechos de aseo o publicidad, retroactivo y acumulado por todos esos años, todo lo cual ocasiona graves problemas, en especial cuando se trata de personas de escasos recursos y los montos son elevados.

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