Diario Constitucional

Costa Rica.

Entidad pensional debe pagar a mujer que padece cáncer la totalidad de sus ahorros previsionales.

La recurrente, como cualquier persona, goza de un derecho fundamental a disfrutar su vida y a soportar dignamente la enfermedad que padece, tiene el derecho a pasar sus últimos meses de vida disfrutando de la totalidad del dinero que es de su propiedad y que ahorró por muchos años.

Por Redacción·25 de octubre de 2022·3 min de lectura
imagen: elcomercio.pe
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La Corte Suprema de Costa Rica acogió el recurso de amparo deducido por una mujer que padece cáncer de riñón, disponiendo que la entidad previsional respectiva pague a esta la totalidad de su pensión.

La recurrente fue diagnosticada de cáncer en 2008. Dedujo amparo contra su administradora de pensiones para exigir “(…) que le devuelvan sus ahorros pensionales. Por no contar con un dictamen médico que indique textualmente «fase terminal», le dijeron que no podían acoger su solicitud. Ello, pese a que su cáncer se ha difundido en su cuerpo y no hay nada que hacer”.

El informe médico adjunto señala que, “(…) actualmente tiene una enfermedad que es no curable, es paliativo el tratamiento que recibe, pero no se puede determinar como terminal. La paciente tiene una enfermedad paliativa-no curativa. No es terminal, pero tiene una expectativa de vida de menos de 5% de estar viva en 5 años”.

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