Sanciones por ultraje de cadáveres.
Ley Nibaldo: Comisión del Senado inició discusión del proyecto que tipifica el delito de mutilación o descuartizamiento de un cuerpo sin vida.
La instancia escuchará a un profesor de derecho y a representantes del Ministerio de Salud y del SML, antes de votarla.

Penas que van entre 541 días a 3 años establece el proyecto que modifica el Código Penal para tipificar como delito la mutilación o descuartizamiento de un cadáver y que busca que casos como el ocurrido al profesor Nibaldo Villegas, sean sancionados de acuerdo a la brutalidad de los hechos.
Se trata de una moción que cumple su segundo trámite en el Senado y que comenzó a ser estudiada en la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, que conoció más detalles por parte de una de sus autoras, la diputada Carolina Marzán.
La parlamentaria recordó que el asesinato y posterior descuartizamiento del malogrado profesor remeció a la opinión pública por la brutalidad con que actuaron sus autores con el cadáver del hombre, siendo sancionados solo por el homicidio pero no por el ultraje posterior que cometieron, puesto que no existe la sanción respectiva tipificada en el Código Penal. Cabe señalar que, en la actualidad, la sanción solo rige en caso de vejación de una sepultura.
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