Diario Constitucional

Seguridad Pública.

Ley Nº21.557, que modifica el Código Penal para agravar la pena del delito de secuestro, fue publicada en el Diario Oficial.

Aumenta la sanción del delito si la privación de libertad dura más de 24 horas.

Por Redacción·12 de abril de 2023·1 min de lectura
Pena impuesta por delito de secuestro calificado no puede ser agravada por la calidad de funcionario público del condenado.
Referencial

Con fecha 10 de abril de 2023, fue publicada en el Diario Oficial la Ley N° 21.557, que modifica el Código Penal para agravar la pena del delito de secuestro.

El proyecto de ley, iniciado en mensaje del Presidente Boric, se enmarca dentro de las iniciativas que tienen por objeto hacer frente al crimen organizado, el narcotráfico y la delincuencia.

En concreto, la ley modifica el artículo 141 del Código Penal, agravando la pena del delito de secuestro cuando éste se prolongue por más de 24 horas, el que será sancionado con cárcel que va de 5 años y 1 día a 15 años y se aumentará a presidio perpetuo, cuando con motivo del secuestro se cometa, además, homicidio, violación o lesiones gravísimas.

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