Diario Constitucional

Ley N°21.269.

Ley que incorpora a los trabajadores de casa particular al seguro de desempleo se publica en el Diario Oficial

Establece una nueva cotización de cargo del empleador.

Por Redacción·22 de septiembre de 2020·1 min de lectura
Dirección del Trabajo
Referencial

La Ley N°21.269 que incorpora a los trabajadores y trabajadoras de casa particular como afiliados al Seguro de Desempleo de la Ley N°19.728, mediante un mecanismo que les otorga una mejor protección, ya no solo frente al despido sino también ante la cesantía, entrará en vigencia el 01 de octubre.

Se introducen modificaciones al seguro de desempleo, incorporando a los trabajadores y trabajadoras de casa particular a las prestaciones del referido seguro. Se establece una nueva cotización, de cargo del empleador, que asciende a un 3% de la remuneración imponible del trabajador, sin distinguir la duración del contrato; la cual en un 2,2% irá a la Cuenta Individual por Cesantía y el 0,8% restante a financiar el Fondo de Cesantía Solidario, disminuyendo la cotización a cargo del trabajador o la trabajadora del 4,11% actual a un 1,11%.

Además, los trabajadores y trabajadoras de casa particular tendrán el derecho de traspasar todo o parte de los fondos que tengan en sus Fondos de Indemnización a todo evento, a la Cuenta Individual por Cesantía y al Fondo de Cesantía Solidario, para acceder a ellos. Esto se regirá por norma de carácter general de la Superintendencia de Pensiones que establecerá los mecanismos de cálculo, procedimientos de traspaso, reglas de constitución de las referidas cuentas y fondos, y los demás aspectos operativos que sean necesarios para el ejercicio de este derecho. Este derecho entrará en vigencia una vez que la Superintendencia de Pensiones haya dictado la normativa dentro de 15 días hábiles desde el 01 de octubre.

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