Diario Constitucional

Modifica Ley sobre Acceso a la Información Pública.

Mensaje busca modernizar y perfeccionar Ley de Transparencia.

Corresponde ahora que la iniciativa en primer trámite constitucional sea analizada por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento de la Cámara de Diputados.

Por Redacción·26 de septiembre de 2018·6 min de lectura
Mensaje busca modernizar y perfeccionar Ley de Transparencia.
Referencial

El proyecto de ley, iniciado por mensaje, expone que el fortalecimiento de la transparencia en relación al actuar de las instituciones públicas ha sido una temática que fue abordada de manera transversal en el Programa de Gobierno, destacándose la necesidad de ampliar las exigencias de transparencia a otros órganos autónomos constitucionales tales como el Ministerio Público, la Contraloría General de la República, el Banco Central, el Servicio Electoral, entre otros, lo cual se suma a los avances progresivos que durante los últimos 10 años se han realizado en transparencia activa y acceso a la información. Igualmente, es necesario destacar que la conclusión anterior está fundamentada en la experiencia derivada de la aplicación de la Ley de Transparencia durante sus 10 años de vigencia, teniendo en especial consideración la jurisprudencia emanada del Consejo para la Transparencia, así como la dictaminada por los Tribunales de Justicia, haciendo un especial énfasis en las consideraciones que ha tenido la ciudadanía respecto de los instrumentos y mecanismos que la ley citada ha puesto a su disposición con el objeto de generar una mayor rendición de cuentas.

Al efecto, el mensaje indica que la presente iniciativa de ley es resultado de un proceso de paulatina evolución, al cual se han ido agregando las perspectivas necesarias para perfeccionar el sistema existente, incorporando las buenas prácticas, así como los aportes de diversas instituciones que componen el sistema de integridad de nuestro país, centros de estudios y la sociedad civil, quienes han manifestado su opinión en referencia al funcionamiento de la actual Ley de Transparencia. Así, se quiere contribuir a la existencia de una sociedad más abierta, en donde la información fluya sin barreras, en la cual los poderes públicos sean escrutados de forma eficaz, con el objeto de facilitar el consenso y la construcción de acuerdos, en orden a alcanzar el tan anhelado desarrollo integral y sustentable, razón por la cual, a casi 10 años de la entrada en vigencia plena de la Ley de Transparencia, se hace palmaria la necesidad de introducirle modificaciones que perfeccionen las falencias o debilidades que se han podido detectar y, asimismo, refuercen la institucionalidad creada para hacer de Chile un país con más transparencia y con menos corrupción.

Por lo anterior, el proyecto de ley propone aumentar los sujetos obligados por la Ley de Transparencia, para lo cual se crean direcciones de transparencia en los órganos autónomos constitucionales, con el objeto de velar por el cumplimiento del mencionado principio, como también del derecho de acceso a la información pública. Así, se someten a la aplicación de la Ley de Transparencia el Congreso Nacional, el Tribunal Constitucional, el Ministerio Público, la Contraloría General de la República, el Banco Central, el Servicio Electoral, el Tribunal Calificador de Elecciones y la Corporación Administrativa del Poder Judicial. Asimismo, se crean Direcciones de Transparencia en cada uno de estos órganos, las que estarán integradas por 3 directores, dos de los cuales serán designados por la Comisión de Transparencia del Estado de Chile y el restante por el presidente, jefe superior u órgano de dirección superior del órgano autónomo constitucional, según corresponda, en base a una nómina que elaborará el Consejo de Alta Dirección Pública.

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