Diario Constitucional

Modifica ley N° 20.584.

Moción busca garantizar derechos del neonato y de las mujeres durante gestación, parto y postparto.

Corresponde ahora que la iniciativa en primer trámite constitucional sea analizada por la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados.

Por Redacción·04 de enero de 2018·5 min de lectura
Moción busca garantizar derechos del neonato y de las mujeres durante gestación, parto y postparto.
Referencial

La moción de los diputados Alvarado, Castro, Espinoza, Girardi, Jackson, Melo, Rathgeb, Sepúlveda y Torres expone que nuestro país lamentablemente no cuenta con una legislación orientada específicamente a proteger los derechos de las mujeres en relación con sus derechos sexuales y reproductivos, a sancionar la violencia obstétrica, y a proteger al hijo y/o hija que está naciendo.

En consecuencia, existe un gran vacío legal en este ámbito que vulnera a las mujeres en materia de gestación , parto y post parto, y donde aparece de manifiesto la necesidad de contar al menos con ciertos parámetros o criterios legales que permitan promover un parto respetado, entendiéndose que este consiste en “el respeto y buen cuidado de las necesidades de las mujeres durante el trabajo de parto, intentando satisfacer sus expectativas, respetando sus deseos e individualidades, con el fin de resguardar su salud, integridad y autonomía”, y es por lo que resulta fundamental un reconocimiento legal explícito de determinados derechos y garantías que debiese asistir a toda mujer en relación con la gestación, el trabajo de parto, el postparto, exigibles tanto a los centros de salud, hospitales públicos y privados, y en otros espacios donde se preste atención de su salud sexual y reproductiva.

Los diputados señalan que se pretende abordar los malos tratos por parte del personal médico que atiende a la madre. Cuando hablamos de malos tratos, nos referimos a tratos que atentan contra la dignidad, integridad psíquica y física de las mujeres durante en el contexto de una atención de salud sexual o reproductiva, y que se manifiesta en la patologización de los procesos fisiológicos y en un abuso de medicalización; trayendo consigo pérdida de autonomía y capacidad de decidir libremente sobre sus cuerpos y sexualidad. Y en esa línea, es que debe entenderse como una forma específica de incumplimiento de respetar los derechos humanos y reproductivos de las mujeres, incluyendo los derechos a la igualdad, a la no discriminación, a la información, a la integridad, a la salud y a la autonomía reproductiva.

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