En primer trámite.
Moción propone ampliar permiso para trabajador en caso de muerte de un hermano.
Corresponde ahora que la iniciativa sea analizada por la Comisión de Trabajo y Previsión Social del Senado.

La moción de los senadores Bianchi, Chahuán y Horvath expone que actualmente el Código del trabajo, en su artículo 66, establece un permiso especial de siete días corridos pagados para todo trabajador a quien le fallece su hijo (nacido o que esta por nacer), su cónyuge o conviviente civil, diferente del feriado anual.
Agrega el proyecto que dicho permiso, que es adicional al feriado anual e independiente del tiempo de servicio del trabajador, tiene una clara explicación y justificación en la humana circunstancia que tiene para cualquier persona el fallecimiento de una persona especialmente cercana como lo es un cónyuge o un hijo.
Así, en la idiosincrasia de nuestro país, muchas veces las relaciones familiares entre hermanos, son incluso más cercanas aún que la que se tiene con el mismo cónyuge o con los padres, cuestión social que muchas veces transforma al "tío" en un verdadero segundo padre de los hijos del hermano, por lo que la presencia de este es fundamental para asistir a sus familiares al momento de fallecer uno de sus integrantes.
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