En primer trámite constitucional.
Moción propone cobro de aranceles proporcional a la cantidad de créditos académicos inscritos por alumnos de educación superior
De esta manera se reconoce que la duración nominal de la carrera es, la mayoría de las veces, inferior a la real.

La Moción busca establecer un sistema que considere un cobro de arancel proporcional a la cantidad de créditos cursados.
El artículo 89 de la Ley 21.091 señala que, al momento de establecerse los aranceles regulados, deben considerarse diversos factos de la carrera, entre ellos: el costo de los recursos materiales, el costo de los recursos humanos, los costos anuales directos e indirectos y las inversiones anualizadas de infraestructura. Por su parte, el artículo 95, establece que se formará una comisión de expertos a quien le corresponderá fijar los aranceles y sobre ello se aplica la gratuidad que cubre la duración normal de la carrera.
Asimismo, en consideración al período histórico que estamos viviendo, la gran mayoría de estudiantes debe extender el período de duración de su carrera, superando lo previsto por “duración nominal”, con semestres venideros que tienen una menor carga académica, ya sea por haber reprobado algunos ramos, o bien por que debieron avanzar más lento y compatibilizar con otras responsabilidades. Lo anterior, se traduce en que nos encontraremos con estudiantes que, con una menor carga académica, y por consiguiente cursando menos créditos, deben hacer el pago total del arancel.
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