Modifica LOC sobre votaciones populares y escrutinios.
Moción propone establecer el voto anticipado en elecciones.
Corresponde ahora que la iniciativa en primer trámite constitucional sea analizada por la Comisión de Gobierno Interior, Nacionalidad, Ciudadanía y Regionalización de la Cámara de Diputados.

La moción de los diputados Coloma, Hasbún, Hernández, Morales, Norambuena, Nuñez, Urrutia Bonilla, Urrutia Soto, Van Rysselberghe y Ward expone que desde el año 1990, Chile ha conseguido cimentar un camino de participación y democracia, la que no sólo debe entenderse como la capacidad de los ciudadanos de ejercer el derecho a sufragar, sino también a participar en un contexto de igualdad en cada una de las decisiones fundamentales que atañen a la comunidad nacional y que se materializan en la implementación de una política o instrumentos legislativos con repercusión en la comuna, provincia, región y en todo el territorio nacional. Sin dudas, tales mecanismos de participación deben ser reforzados en lo sucesivo por las autoridades y también promover formas de participación más intensa en nuestras elecciones presidenciales, parlamentarias, de autoridades regionales y municipales. En efecto, si pensamos que la democracia y participación son principios que deben reforzarse en estos ámbitos, no cabe duda que debamos como autoridades políticas promover que los ciudadanos voten en las elecciones de sus autoridades fundamentales, formando parte del proceso político de cambio y evolución que toda nación requiere y que nuestro país se encuentra llamado a experimentar.
A continuación, os autores indican que, de acuerdo a nuestro ordenamiento jurídico electoral, en nuestro país impera el principio de la inscripción automática y del voto voluntario, entendiendo al sufragio como un derecho, una prerrogativa que asume todo chileno, siendo además libre para decidir participar o no del proceso electoral. El voto en nuestro país constituye una manera óptima de elección de autoridades, lo que garantiza, entre otros principios, la democracia representativa, el respeto de los derechos fundamentales de las personas, el control de las autoridades y la existencia de un estado de derecho fuerte promotor del respeto de los derechos de las personas ante la autoridad. De acuerdo a lo anterior, se debe promover que las autoridades elegidas democráticamente tengan la suficiente representatividad en el desempeño de sus funciones, tomando en consideración el desprestigio que posee actualmente la función pública, particularmente la política.
Por lo anterior, la moción procura incentivar la participación de todas y todos, incluso de aquellos que el día de la elección no pueden asistir a los lugares de votación establecidos. Así, permite otorgar a los electores mayores facilidades de participación, quienes por algún motivo calificado no puedan concurrir a votar el día de la elección. En ese sentido será el Servicio Electoral el organismo encargado de poner a disposición de las personas los mecanismos de voto anticipado, asegurándose que a lo menos exista un lugar de votación anticipada por provincia. Además, se pretende especialmente incentivar este voto a personas discapacitadas, adultos mayores y en general a cualquier persona que por motivos fundados se encuentren imposibilitados de ejercer su derecho a sufragio.
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