Modifica Código Penal.
Moción tipifica delito de ejecución extralegal estableciendo su imprescriptibilidad.
Corresponde ahora que la iniciativa sea analizada por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y luego por la Comisión de Derechos Humanos, ambas de la Cámara de Diputados.

La moción de los diputados Espinoza, Gutiérrez, Jiménez, Letelier, Ojeda, Poblete, Saffirio, expone que el Derecho Internacional de los Derechos Humanos establece en el articulado de diversos tratados e instrumentos internacionales, la garantía y protección del derecho a la vida.
Observa luego que lo anterior concuerda armoniosamente con lo dispuesto en el artículo 5° inciso segundo de la Carta Fundamental, esto es, que es deber del Estado respetar y promover los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes. Al respecto, se agrega que la limitación o privación más directa a esta garantía constitucional es evidentemente la muerte, por tanto, los esfuerzos legislativos en orden a proteger la garantía del derecho a la vida, dicen relación con que exista una abstención de aquella conducta que supone la privación del derecho en cuestión.
Sin embargo, los autores de la iniciativa hacen presente que ninguna de las tipificaciones contempladas en el Código Penal, se hace cargo de la situación en que el sujeto activo del tipo penal es un Empleado Público o Agente del Estado que actúa fuera de aquellas circunstancias en que el ordenamiento jurídico le autoriza la conducta de matar a otro.
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