Diario Constitucional

Establece límites.

Parlamentarios acordaron legislar respecto de la residencia irregular en Isla de Pascua.

En días pasados, diversos parlamentarios acordaron la necesidad de presentar un proyecto de ley que regule de manera estricta –estableciendo plazos máximos y aplicación de sanciones- respecto a la residencia irregular en Isla de Pascua.Este acuerdo fue adoptado luego de estudiar un informe que "reunió criterios de autoridades locales de la Isla de Pascua, representantes…

Por Redacción·30 de abril de 2013·1 min de lectura
Parlamentarios acordaron legislar respecto de la residencia irregular en Isla de Pascua.
Referencial

En días pasados, diversos parlamentarios acordaron la necesidad de presentar un proyecto de ley que regule de manera estricta –estableciendo plazos máximos y aplicación de sanciones- respecto a la residencia irregular en Isla de Pascua. Este acuerdo fue adoptado luego de estudiar un informe que “reunió criterios de autoridades locales de la Isla de Pascua, representantes de la etnia, la Comisión de Desarrollo de Isla de Pascua y los requerimientos extraídos de la consulta ciudadana en la zona”, el que refleja especialmente los problemas que se podrían provocar por la sustentabilidad del terreno, como es: “el manejo de los residuos, fuentes de agua potable, sobreconsumo de electricidad y agotamiento de recursos para la construcción, entre otros”. La moción contemplaría el pago de un impuesto obligatorio por visitar el territorio de Isla de Pascua, proporcional a los días de estadía en la zona, y que además se proceda a multar a los residentes irregulares en la Isla. Asimismo, respecto al tiempo de residencia de estima, correspondería a un máximo de dos años, para quienes corresponda, como es el caso de las personas que van a trabajar, pero en cuanto a los visitantes, el informe limita a 30 días de permanencia, ampliable a 90 si son familiares de habitantes o residentes, que en el caso de incumplimiento la Gobernación podrá ordenar expulsiones y aplicar multas de 1 a 20 U.T.M. Finalmente, el documento deberá ser difundido entre los parlamentarios para su conocimiento, y formular así posteriormente la iniciativa.

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