Diario Constitucional

Reforma constitucional.

Presentan moción que fija plazo para nombramiento de Ministros de Corte Suprema.

El proyecto de ley, iniciado por moción de los diputados Cristi y Letelier, expone que el artículo 78 de la Carta Fundamental “consagra el procedimiento al cual se deberá ajustar la ley para el nombramiento de los jueces.

Por Redacción·13 de diciembre de 2013·1 min de lectura
Presentan moción que fija plazo para nombramiento de Ministros de Corte Suprema.
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El proyecto de ley, iniciado por moción de los diputados Cristi y Letelier, expone que el artículo 78 de la Carta Fundamental “consagra el procedimiento al cual se deberá ajustar la ley para el nombramiento de los jueces. Tal procedimiento no establece plazos para que las distintas instituciones que participan en dichos nombramientos procedan a realizarlos”.

Observa luego que “en el último tiempo, por factores ajenos a los órganos judiciales, los nombramientos de vacantes suscitadas en este alto Tribunal, se han retardado más allá de lo conveniente y prudente para un tribunal.”

A fin de perfeccionar el nombramiento de Ministro de la Corte Suprema, se hace esencial establecer un plazo constitucional tanto para la propuesta del Presidente de la República como para el pronunciamiento sobre aquella del honorable Senado, lo que se traduciría en que «el Presidente de la República dentro del plazo de 30 días, contados desde que reciba el Oficio de la Corte Suprema que contenga la nómina a que se refiere el inciso precedente, deberá enviar al Senado su proposición de nombramiento”.

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