Diario Constitucional

Moción.

Presentan proyecto de reforma constitucional para determinar el efecto en caso de no lograrse el quórum en las deliberaciones del órgano constituyente.

Actualmente no hay norma que señale como proceder en tal eventualidad.

Por Redacción·28 de septiembre de 2020·1 min de lectura
Imagen: gob.cl
Referencial

La Moción, patrocinada por los Diputados Miguel Mellado, Francesca Muñoz y Jorge Rathgeb, propone establecer el efecto en caso de no alcanzarse el quórum de dos tercios requeridos en el órgano constituyente para la aprobación de las normas constitucionales. Plantean que el efecto debe ser que regirá la actual Constitución en aquella parte que no haya alcanzado el quórum de aprobación.

El proyecto señala que se han planteado cuestionamientos en relación a los efectos de no alcanzar el quórum requerido para las normas constitucionales por parte del órgano constituyente. Actualmente la Carta Magna establece un quórum de dos tercios, tanto para la aprobación de las normas constitucionales y del reglamento de votación. De la forma en que está establecido, se ha prestado para muchas dudas interpretativas: algunos sostienen que de no alcanzar el quórum de los dos tercios, dicha parte quedaría aprobada como ley simple; mientras que otros sostienen que simplemente no quedaría regulada dicha materia y otros que regiría la actual constitución

En concreto, la iniciativa propone incorporar al artículo 133 de la Constitución, el siguiente inciso nuevo: “En caso de no alcanzar el quórum requerido para la aprobación de las normas constitucionales, continuará rigiendo esta Constitución en aquella parte.”

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