Diario Constitucional

Moción de senadores.

Presidio perpetuo podrían enfrentar quienes provoquen incendios en colegios.

Así lo propone la iniciativa que deberá ser analizada por la Comisión de Seguridad Pública y que tipifica el delito de incendio en establecimientos educacionales, con lo que se arriesgaría como pena mínima 10 años y un día de cárcel, hasta una pena máxima de presidio perpetuo.

Por Redacción·07 de junio de 2021·2 min de lectura
Imagen: Senado
Referencial

Haciendo frente a que en la actualidad “los ataques a establecimientos educacionales no tienen una sanción específica, y se sancionan utilizando la figura de los artículos 475 o 476 del Código Penal”, los senadores Carmen Gloria Aravena, Francisco Chahuán, José García, Rodrigo Galilea y Kenneth Pugh, presentaron una moción que tipifica el delito de incendio en establecimientos educacionales.

El proyecto -que ahora deberá ser analizado por la Comisión de Seguridad Pública- impulsa una regulación específica de manera de, “por una parte, unificar el criterio jurisprudencial y por otra otorgar una herramienta al ente persecutor para su correcta y oportuna sanción”, indican los autores.

Así, proponen reformular el artículo 475 del Código Penal incluyendo en su numeral 2 “los establecimientos educacionales, pues al igual que el catálogo de inmuebles protegidos (como museos, bibliotecas, almacenes, etc). las escuelas tienen un rol social que cumplen y por tanto, merecen una mayor pena para los responsables de incendios”.

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