Diario Constitucional

Modifica Ley N° 20.418.

Pretenden obligar a los establecimientos educacionales reconocidos por el Estado a implementar programas de educación sexual y género.

Corresponde ahora que la iniciativa -en primer trámite constitucional- sea analizada por la Comisión de Educación de la Cámara de Diputados.

Por Redacción·13 de mayo de 2019·2 min de lectura
Pretenden obligar a los establecimientos educacionales reconocidos por el Estado a implementar programas de educación sexual y género.
Referencial

La moción de los diputados Hernando, Lorenzini, Monsalve, Núñez, Santibáñez, Sepúlveda y Venegas, busca perfeccionar las disposiciones de la Ley N°20.418, en particular lo relativo a la educación en materia de sexualidad, afectividad y género y al rol del Ministerio de Educación.

Los autores afirman que dicho cuerpo legal, en el artículo 1, inciso tercero, ordena al Ministerio de Salud a dictar un reglamento que disponga el modo en que se hará efectivo el ejercicio de los derechos que salvaguarda la ley. Sin embargo, la norma no incluye al Ministerio de Educación como organismo responsable de regular y asegurar la calidad y equidad en el acceso a educación sexual, tampoco le otorga atribuciones legales o administrativas a esa cartera ministerial para regular que los establecimientos implementen de forma efectiva los programas de educación sexual.

Reflexionan que lo anterior ha generado que dicho Ministerio solo aporte orientaciones para la elaboración de estos programas por parte de los establecimientos, dejando al arbitrio del sostenedor la determinación de los enfoques y contenidos que ellos integran y la ejecución de los mismos. Esto queda de manifiesto en el hecho de que el actual Plan de Educación Sexual y Afectividad, data de 2005 sin actualizaciones, salvo la elaboración de una estrategia que no se encuentra vigente.

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