Reforma constitucional.
Proponen asegurar paridad de género en órganos del Estado y grupos intermedios cuyas autoridades superiores sean de composición colegiada.
Corresponde ahora que la iniciativa en primer trámite constitucional sea analizada por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento de la Cámara de Diputados.

La moción de los diputados Mulet, Sepúlveda, Velázquez Seguel y Velázquez Núñez expone que las mujeres chilenas se han movilizado para condenar el abuso de poder que se reproduce en el modelo patriarcal manifestado, entre otras formas de opresión, en la concentración de integración masculina en los altos cargos de poder de los distintos órganos del Estado, como también en las empresas, universidades e iglesias, entre otros grupos intermedios que componen la sociedad. Así, mientras se mantenga esta estructura de poder será aún más difícil avanzar en reformas que aseguren la plena igualdad entre ambos géneros, dado que ésta entorpece el desarrollo de políticas, planes y programas que tengan por objeto eliminar todas las formas de violencia y discriminación contra la mujer. En efecto, la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), en su artículo 2° letra a) señala: “Los Estados Partes condenan la discriminación contra la mujer en todas sus formas, convienen en seguir, por todos los medios apropiados y sin dilaciones, una política encaminada a eliminar la discriminación contra la mujer y, con tal objeto, se comprometen a: a) Consagrar, si aún no lo han hecho, en sus constituciones nacionales y en cualquier otra legislación apropiada el principio de la igualdad del hombre y de la mujer y asegurar por ley u otros medios apropiados la realización práctica de ese principio. Desde este punto de vista, es necesario avanzar en reformas que den aplicación a lo señalado en la CEDAW, tratado vigente en Chile, y promulgado en virtud del decreto N° 789 del Ministerio de Relaciones Exteriores del año 1989.
Los diputados indican que todos los índices de igualdad de género consideran factor clave del cambio cultural y de eliminación de las distintas formas de abusos y discriminaciones que las mujeres sean parte de los órganos de poder, junto a las políticas de salud y de igualdad en empleo y salario. En este sentido, las preocupantes cifras de participación femenina en altos cargos de poder obligan a que se adopten medidas de acción afirmativa que permitan terminar con las discriminaciones que existan para acceder a dichos puestos. Asimismo, muchos países más desarrollados de la OCDE han incorporado diversas formas de acción positiva que favorece la incorporación de las mujeres al trabajo y a los órganos decisorios, destacando entre ellos, por ejemplo a los países de Europa del Norte, teniendo efectos positivos en la integración de las altas cúpulas de poder.
En razón de lo expuesto, la moción modifica la Constitución Política de la República, intercalando el siguiente inciso cuarto al artículo 1° de la Constitución Política de la República, pasando el actual cuarto y quinto a ser quinto y sexto respectivamente:
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