Diario Constitucional

Facilita acceso.

Proponen informar por medios electrónicos actos cuya publicación sea exigida por ley.

El proyecto de ley fue aprobado en general por el Senado, encontrándose actualmente en tramitación en la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento de dicha rama legislativa.

Por Redacción·06 de enero de 2014·1 min de lectura
Proponen informar por medios electrónicos actos cuya publicación sea exigida por ley.
Referencial

El proyecto de ley, iniciado por mensaje, expone que el desarrollo de internet y otros medios electrónicos de comunicación han permitido mejorar el acceso de los ciudadanos a la información, lo cual permite el uso de estos medios para los efectos de facilitar las publicaciones exigidas por la ley.

De esta forma, la iniciativa permite que el interesado opte por la publicación en medios electrónicos, en aquellos casos en que el ordenamiento jurídico requiere que un acto, o su extracto, sea publicado en diarios o periódicos de circulación nacional, regional, provincial o local. Se consideran medios electrónicos aquellos medios de comunicación social en formato digital o electrónico, a que alude el inciso segundo del artículo 2º de la Ley N° 19.733, sobre libertades de opinión e información y ejercicio del periodismo. A su vez, las publicaciones electrónicas deberán mantenerse disponibles al público en el sitio electrónico durante el plazo de un año calendario contado desde la fecha de publicación.

El proyecto de ley fue aprobado en general por el Senado, encontrándose actualmente en tramitación en la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento de dicha rama legislativa.

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