Modifica Código Penal.
Proponen sancionar publicación en internet de fotos eróticas sin consentimiento.
El proyecto se encuentra en primer trámite constitucional y será analizado por la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia de la Cámara de Diputados.

La moción de los diputados Nogueira, Molina y Coloma, establece una pena de reclusión de 541 días a 5 años y una multa de hasta 1.000 UTM para quien difunda o publique a través de Internet o cualquier otro medio electrónico imágenes de contenido sexual o erótico que se hayan obtenido en el ámbito de la privacidad de la pareja y sin el consentimiento de uno de ellos.
Asimismo, la iniciativa, que modifica el Código Penal, dispone que los administradores de sitios de Internet que no bajen estas imágenes de manera inmediata a solicitud del afectado, serán sancionados con las mismas penas de reclusión y multa.
Al respecto, los autores de la iniciativa adujeron que las nuevas tecnologías se han prestado para la comisión de conductas que atentan derechamente contra la intimidad de las personas, particularmente contra su intimidad sexual, por ejemplo cuando el cónyuge o pareja pone término a una relación sentimental y el hombre o mujer que se siente afectado por esta situación, «decide en un acto de animosidad, resentimiento y venganza subir al ciberespacio fotos íntimas de su ex pareja, consumándose uno de los peores atentados en contra la intimidad de las parejas».
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