Resguardar la vida y la integridad de las vícitmas.
Proyecto de ley autoriza la tenencia y porte de armas a víctimas de delitos terroristas.
Por el solo ministerio de la ley se autoriza la tenencia y porte de armas a víctimas del terrorismo que sean reconocidas como tal por una sentencia judicial firme o ejecutoria.

La moción, patrocinada por los Diputados Harry Jürgensen y Cristóbal Urruticoechea, permite la tenencia y porte de armas a víctimas de delitos terroristas.
Los autores del proyecto señalan que el artículo 9º de la Constitución declara que el terrorismo en cualquiera de sus formas es, por esencia, contrario a los derechos humanos. Por otro lado, el artículo 1º de la Ley Nº 18.314, que Determina Conductas Terroristas y Fija su Penalidad, define esos ilícitos en base a conductas particularmente graves como el homicidio; incendio; secuestro de vehículos, naves o aeronaves; o la utilización de artefactos explosivos; entre otros, cuando el hecho se cometa con la finalidad de producir en la población o en una parte de ella el temor justificado de ser víctima de delitos de la misma especie, sea por la naturaleza y efectos de los medios empleados, sea por la evidencia de que obedece a un plan premeditado de atentar contra una categoría o grupo determinado de personas, o ya sea porque se cometa para arrancar o inhibir resoluciones de la autoridad o imponerle exigencias.
Exponen que en Chile ninguna persona, natural o jurídica, puede poseer o transportar armas sin autorización de la autoridad competente, esto es, por las Comandancias de Guarnición de las Fuerzas Armadas o por la autoridad de Carabineros de Chile, según lo establecido en el artículo 4º del Decreto Supremo Nº 400, de 1978, del Ministerio de Defensa Nacional, que Fija el Texto Refundido Coordinado y Sistematizado de la Ley Nº 17.798, sobre Control de Armas.
Comentarios (4)
Herwin Bien ctm, pero creo que debiese de ser para todos y exigir un examen sicologico además de saber usar el arma
Luz Cuando hablan de la Ley de desarme, en definitiva, en el escenario actual, país peligroso, complaciente en que los políticos se reúnen para «estudiar medidas», mientras matan a civiles, implica solo desamparar al ciudadano común que en base a lo dicho, desea defenderse. Porque el delincuente, le da lo mismo la ley. Es única y exclusivamente decir: nosotros Estado, no haremos mucho para defenderte y tampoco deseamos que lo hagas porque es peligroso. Ahora, también considero, que a lo menos una pericia de control de impulsos y locura, pues la hay, incluso en el Congreso. Sino, es como dejar a los monos con metralletas.
Eugenio Merello ectiv Exelente noticia , los muertos por el terrorismo podrán portar armas . Nunca pudieron defenderse como lo indica la Constitución Excelente .
René Labbé Meneses El derecho a defenderse y defender debiera estar siempre garantizado a los ciudadanos de Chile en todo lugar, circunstancia y hora, teniendo acceso a la tenencia y uso de armas de fuego conforme las facultades consideradas en la ley respecto de los tipos permitidos y con observancia de las recomendaciones de uso. Es lo debido, reforzado por la imposibilidad del Estado de proveer seguridad en un grado aceptable, por una parte, y por otra, la flagrante desobediencia de los delincuentes que además de atacar a ciudadanos enfrentan al Estado con armas de fuego.
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