Permitiría el retiro de los fondos previsionales con obligación de reintegro.
Proyecto de ley busca el ejercicio del derecho a la propiedad sobre los fondos previsionales por el afiliado bajo ciertas condiciones.
El objetivo principal del proyecto ingresado es el derecho constitucional a la propiedad sobre los fondos contenidos en la cuenta de capitalización individual.

La Moción establece una reforma constitucional a la norma que consagra el derecho constitucional a la propiedad, regulándose determinadas condiciones bajo las cuales puede ejercerse el derecho a la propiedad sobre los fondos previsionales. Lo anterior es coherente con un conjunto de disposiciones legales que existen en nuestro ordenamiento jurídico, que dan cuenta de la naturaleza jurídica del derecho que tienen los afiliados sobre los fondos previsionales depositados en sus cuentas individuales en el sistema de capitalización individual.
En este sentido, son precisamente los artículos 20 H y 33 del Decreto Ley 3500, los que consagran de forma expresa e inequívoca la propiedad que tiene cada uno de los afiliados sobre los fondos previsionales depositados en sus cuentas individuales.
Asimismo, actualmente no existe norma constitucional explícita al respecto, y sólo centrándonos en los términos consagrados por el Decreto Ley 3500, no se encuentra reconocida expresamente la posibilidad de ejercer el derecho de propiedad, aun con limitaciones, sobre los fondos previsionales. Al contrario, hoy en día, el afiliado no está habilitado expresamente para disponer libremente de sus fondos previsionales, a pesar de que forman parte de su derecho de propiedad, por lo que la reforma constitucional propuesta persigue enfrentar este problema.
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