Diario Constitucional

Crisis de Seguridad.

Proyecto de ley exime pagar el TAG a los propietarios de vehículos robados o hurtados, desde que hayan efectuado la denuncia y mientras esa situación perdure.

Asimismo, contempla una sanción penal para el propietario que, con el objeto de aprovechar indebidamente este beneficio, realice una denuncia falsa.

Por Redacción·17 de noviembre de 2022·3 min de lectura
Imagen: Costanera Norte.
Referencial

La moción, patrocinada por los Diputados Cristián Araya, Juan Irarrázaval, Harry Jürgensen, José Carlos Meza, Benjamín Moreno, Leonidas Romero, Agustín Romero, Stephan Schubert, Luis Sánchez y la Diputada Chiara Barchiesi, modifica la ley N°18.290, de Tránsito, para regular el pago de TAG respecto de vehículos robados.

Los autores del proyecto de ley exponen que en Chile el sistema de concesiones, amparado en las normas del DFL Nº 164, de 1991, Ley de Concesiones de Obras Públicas, permitió desarrollar en dos décadas la infraestructura carretera basada en el financiamiento privado. La innovación de ese modelo implica que el sector privado no sólo construye los proyectos, como había ocurrido en el pasado, sino que los financia, mantiene y opera por un período prolongado.

Agregan que el artículo 114 de la Ley del Tránsito ordena que en los caminos públicos en que opere un sistema electrónico de cobro de tarifas o peajes, sólo podrán circular los vehículos que estén provistos de un dispositivo electrónico habilitado u otro sistema complementario que permitan su cobro. El artículo añade que la infracción a ese deber, es sancionado con una multa de una unidad tributaria mensual y la presume una infracción grave.

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