Diario Constitucional

Modifica Código Penal y Código Procesal Penal.

Proyecto de ley incorpora nueva agravante para resguardar a la persona del denunciante y se obliga al Ministerio Público a velar por su protección.

Se considerará circunstancia agravante cometer el delito en razón de venganza o represalia en contra de quien haya realizado una denuncia o en contra de sus ascendientes o descendientes.

Por Redacción·23 de octubre de 2022·3 min de lectura
Imagen: adefinitivas.com
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La moción, patrocinada por los Diputados Héctor Barría, Carlos Bianchi, Felipe Camaño, Ricardo Cifuentes, Rubén Darío Oyarzo y la Diputada Daniella Cicardini, modifica el Código Penal y el Código Procesal Penal para tipificar y aplicar una nueva agravante que resguarda a la persona del denunciante.

Los autores del proyecto de ley señalan que las agravantes son circunstancias modificatorias de la responsabilidad penal. Explican que la función de las agravantes es aumentar la penalidad del delito, debido a la concurrencia de un desvalor adicional, que hace que la conducta típica sea más gravosa para la sociedad, razón por la cual debe ser perseguida de una manera más fuerte.

Indican que, en nuestro ordenamiento jurídico, existe un catálogo amplio de agravantes establecidas en el artículo 12 del Código Penal, razón por la cual toda incorporación de una agravante genérica debe ser establecida en dicho artículo.

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