Ley Nº 19.886.
Proyecto de ley que modifica la ley sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, incorpora una nueva causal de inhabilidad para contratar con organismos de la Administración del Estado.
La iniciativa se funda en la existencia de un gran número de obras financiadas con recursos públicos que se encuentran abandonadas por las empresas adjudicatarias.

La moción, patrocinada por los Diputados Francisco Eguiguren, Andrés Longton, Diego Paulsen, Alejandro Santana y Frank Sauerbaum, modifica la Ley Nº19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, para incorporar como causal de inhabilidad para contratar con la Administración del Estado, el haber incumplido previamente un contrato con uno o más de sus órganos.
La iniciativa se funda en que las empresas adjudicatarias, en un importante número de casos, dejan abandonadas las obras que les fueron adjudicadas, y en el hecho de que a pesar de que existan mecanismos compensatorios, como las boletas de garantía, éstas no compensan el sentir y las expectativas de la ciudadanía y la falta de servicios importantes que son licitados por el Estado.
La moción agrega que esta situación se ve agravada y sitúa al Estado y a la población en una posición de desventaja, cuando, a pesar de existir conocimiento de incumplimientos por parte de las empresas adjudicatarias, no se les aplica ninguna inhabilidad para participar de los llamados a licitaciones públicas.
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