En primer trámite.
Proyecto propone medidas que exigen a parlamentarios mayor transparencia.
Corresponde ahora que la iniciativa en primer trámite constitucional sea analizada por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento de la Cámara de Diputados.

La moción de los diputados Boric y Jackson sostiene que “hoy nuestra democracia es imperfecta: contamos con un sistema representativo que no contempla mecanismos de participación real de la ciudadanía, nuestras reglas de transparencia no se aplican al Congreso Nacional, no existen sanciones reales para aquellos representantes que vulneran su mandato obedeciendo a intereses de unos pocos, entre otros problemas”.
Por tanto, los autores buscan establecer como requisito para postular la presentación de un programa a través del cual la ciudadanía pueda conocer las ideas y propuestas del candidato o candidata, promoviendo un voto informado y el compromiso con los ciudadanos de los respectivos distritos. Junto con lo anterior, la obligación de presentar un programa permitirá un mayor empoderamiento de la ciudadanía, en cuanto a la fiscalización del actuar parlamentario.
El proyecto expone que dentro de la crisis de confianza que existe en nuestro país, uno de los órganos más golpeados con dicha situación es el Congreso Nacional. Dado lo anterior, es relevante elevar el estándar ético de los parlamentarios, fortaleciendo las instituciones encargadas de fiscalizar, conocer y sancionar las faltas que se cometan. Así, fundamental resulta en la construcción de este nuevo estándar ético, revisar los procesos disciplinarios que existen en el Congreso hoy en día. En esta materia, cobran gran relevancia los reglamentos dictados por cada una de las cámaras y el Código de Conducta Parlamentario. Al respecto la Ley Orgánica Constitucional del Congreso, establece en su artículo 5° A la obligación de que cada una de las cámaras cuente con una Comisión de Ética y Transparencia Parlamentaria, la que tendrá atribuciones para conocer y sancionar las faltas que cometan los parlamentarios. Además, establece que las sanciones aplicables deberán establecerse en los reglamentos respectivos. A través de este proyecto, se busca que las sanciones a aplicar no queden establecidas en meros reglamentos, sino que queden establecidos en la LOC del Congreso Nacional. Además, se pretende incorporar una nueva sanción no contemplada en los actuales reglamentos, sanción que consiste en la posibilidad de privar de la palabra a un parlamentario en el caso de que la gravedad de la falta lo amerite.
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