Diario Constitucional

En el Senado.

Se retomó debate para aprobar la Convención sobre Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de los Crímenes de Lesa Humanidad y el Convenio entre Chile y Perú sobre Protección y restitución de Bienes Culturales.

"en la legislación interna se ha definido el principio de que son imprescriptibles este tipo de delitos”, el mismo que se establece tras la “aprobación del Tribunal Penal Internacional como una instancia supranacional para investigar los delitos de Lesa Humanidad”.

Por Redacción·22 de junio de 2012·2 min de lectura
Se retomó debate para aprobar la Convención sobre Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de los Crímenes de Lesa Humanidad y el Convenio entre Chile y Perú sobre Protección y restitución de Bienes Culturales.
Referencial

En días pasados, la Comisión de Relaciones Exteriores del Senado junto a representantes de la Cancillería inició el análisis de dos instrumentos internacionales pendientes de aprobación.

El primero de ellos, recae en un proyecto de acuerdo, iniciado por mensaje en Julio del año 1994, que tiene por objeto la aprobación de la Convención sobre Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de los Crímenes de Lesa Humanidad, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas, mediante la resolución Nº 2391 (XXIII), del 26 de Noviembre de 1968.

En tanto el segundo, se refiere al Convenio entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República del Perú, sobre Protección y Restitución de Bienes Culturales y su Anexo, suscrito el 23 de agosto de 2002.

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