Diario Constitucional

En tercer trámite.

Senado rechazó proyecto de ley que protege y regula derechos de los pasajeros aéreos.

En la ocasión, los parlamentarios explicaron que la decisión fue adoptada con el objeto de esperar las indicaciones que enviará próximamente el Ejecutivo.

Por Redacción·15 de mayo de 2014·2 min de lectura
Senado rechazó proyecto de ley que protege y regula derechos de los pasajeros aéreos.
Referencial

La Sala del Senado –por unanimidad- rechazó el proyecto de ley que modifica el Código Aeronáutico, en materia de transporte de pasajeros y sus derechos.

En la ocasión, los parlamentarios explicaron que la decisión fue adoptada con el objeto de esperar las indicaciones que enviará próximamente el Ejecutivo, en torno a no perjudicar los vuelos nacionales de menor tamaño y otorgar mayor equilibrio al texto legal.

Cabe recordar que entre los principales beneficios que la iniciativa contempla, destacan: “derechos para los pasajeros en caso de denegación de embarque por sobreventa de pasajes (overbooking), que incluyen el embarque en el siguiente vuelo o el reembolso del pasaje, más prestaciones asistenciales; Establece la obligación de las líneas aéreas de devolver las tasas de embarque si es que el pasajero no efectúa el vuelo, a su sola solicitud; Un reglamento del Ministerio de Defensa Nacional establecerá las condiciones técnicas y de seguridad bajo las cuales se autorizará el transporte de personas discapacitadas, orgánicamente descompensadas, agónicas o inconscientes; En el evento de sobreventa de pasajes, el transportador deberá pedir en primer lugar que se presenten voluntarios que renuncien a sus reservas a cambio de determinadas prestaciones y reparaciones; u ofrecer embarque en el siguiente vuelo o Reembolso; Asimismo, bajo ciertas condiciones se contemplan compensación Económica; En caso de retraso de un vuelo o cancelación, los pasajeros afectados también tendrás claros derechos; En caso de no verificarse el viaje, las tasas, cargas o derechos aeronáuticos que hubiere pagado el pasajero deberán restituirse; La Junta de Aeronáutica Civil deberá publicar en un lugar destacado de su sitio web los vuelos retrasados y cancelados, por cada línea aérea, ruta y aeropuerto, para operaciones nacionales e internacionales”.

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