Diario Constitucional

Con el objeto de fortalecer la familia.

Senador propone ampliar incompatibilidades e inhabilidades que afectan a cónyuges para acceder a cargos judiciales a quienes sean “pareja con o sin convivencia”.

“poner término inmediato a la discriminación y perjuicio que hoy tienen los cónyuges de vínculo matrimonial vigente” y “cumplir con el mandato constitucional de dar protección a la familia propendiendo al fortalecimiento de ésta, y hacer efectiva la garantía que en Chile no hay personas ni grupos privilegiados”

Por Redacción·16 de febrero de 2011·1 min de lectura
Senador propone ampliar incompatibilidades e inhabilidades que afectan a cónyuges para acceder a cargos judiciales a quienes sean “pareja con o sin convivencia”.
Referencial

La moción, patrocinada por el senador Andrés Chadwick, expone que las inhabilidades e incompatibilidades que establece el Código Orgánico de Tribunales están “establecidas para garantizar la imparcialidad, integridad, probidad e independencia del Poder Judicial”, y que entre las que se mencionan en los artículos 259, 260, 316, 321 y 512 del citado cuerpo legal, algunas de ellas derivan en forma genérica del "matrimonio" y afectan específicamente a los “cónyuges” impidiéndoles ser incluidos en ternas o ser nombrados en cargos judiciales. No obstante ello, existen personas que “establecen vínculos sentimentales y forman parejas relativamente estables que en forma voluntaria no desean contraer el matrimonio, o no pueden contraerlo por existir alguna situación que lo impida como lo es un vínculo matrimonial anterior no disuelto”, resultando “evidente” que en los concursos y nombramientos judiciales, “existe un privilegio o ventaja para “las parejas” con o sin convivencia, y como contrapartida un perjuicio o discriminación negativa para los “cónyuges”.

Con el fin, señala, de “poner término inmediato a la discriminación y perjuicio que hoy tienen los cónyuges de vínculo matrimonial vigente” y “cumplir con el mandato constitucional de dar protección a la familia propendiendo al fortalecimiento de ésta, y hacer efectiva la garantía que en Chile no hay personas ni grupos privilegiados”, propone introducir, en los artículos 259, 316, 321 y 513 del Código Orgánico de Tribunales, después de la palabra “cónyuge” o “matrimonio”, la frase “o para su pareja con o sin convivencia”.

Vea texto íntegro de la moción.

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