Diario Constitucional

Modifica Código de Justicia Militar.

Senador propone conceder recurso de apelación en los casos de denegación de libertad.

“toda persona tiene derecho a la libertad personal y a la seguridad individual y que la prisión preventiva procederá cuando las demás medidas cautelares personales fueren estimadas por el juez como insuficientes para asegurar las finalidades del procedimiento, la seguridad del ofendido o de la sociedad”.

Por Redacción·22 de octubre de 2012·2 min de lectura
Senador propone conceder recurso de apelación en los casos de denegación de libertad.
Referencial

La moción del senador Chahuán expone que nuestra Carta Fundamental asegura a todas las personas el derecho a la libertad personal y la seguridad individual, y específicamente respecto a la privación de libertad, esta debe ser considera por el Juez de Garantía necesaria para una justa y racional investigación o con el objeto de asegurar la seguridad de la víctima o de la sociedad.

Observa luego que en este mismo sentido, el Código Procesal Penal establece en el artículo 139 que “toda persona tiene derecho a la libertad personal y a la seguridad individual y que la prisión preventiva procederá cuando las demás medidas cautelares personales fueren estimadas por el juez como insuficientes para asegurar las finalidades del procedimiento, la seguridad del ofendido o de la sociedad”.

Asimismo, el texto legal reconoce la facultad de recurrir ante el Tribunal de Alzada en los casos que la resolución del Juez de Garantía ordene, mantenga, niegue o revoque la prisión preventiva.

Constitucional AI: El fallo, a la vista. Prueba gratis.

Te puede interesar

Constitucional AI: La IA que cita. Tribunal, rol, fecha, enlace. Prueba gratis.