Reclamado cumplió extemporáneamente.
CPLT acoge amparo de acceso a la información contra Dirección General del Crédito Prendario.
El CPLT concluye acogiendo el amparo de acceso a la información en contra de la Dirección General del Crédito Prendario. No obstante, se dio por cumplida la obligación del órgano reclamado de entregar la información requerida, aunque en forma extemporánea.

Se dedujo amparo de acceso a la información en contra la Dirección General del Crédito Prendario, fundado en la falta de respuesta a una presentación referido al avance del reclamo interpuesto en esa entidad el pasado noviembre del año 2014.
Al efecto, el Consejo para la Transparencia admitió a trámite el presente amparo y lo derivó a la Unidad de Análisis de Admisibilidad y SARC de esa Corporación, encargada del «Sistema Anticipado de Resolución de Controversias» (SARC), a fin de realizar las gestiones necesarias con el objeto de obtener por parte del organismo reclamado la información solicitada por el reclamante.
El órgano reclamado ratificó la información proporcionada anteriormente al recurrente y ratificó la improcedencia de iniciar una investigación en contra del funcionario que indica.
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