En el contexto de la emergencia por Coronavirus.
Nuevo oficio del CPLT subraya facultades exclusivas del Minsal para comunicar datos personales de enfermos por COVID-19.
El presidente del CPLT subrayó que así se evita que situaciones tan lamentables "como el ataque a una vivienda en Vallenar con personas enfermas sean parte de una indeseable cotidianeidad".

Un oficio complementario con recomendaciones y medidas de seguridad sugeridas para el tratamiento de datos personales y sensibles –como el estado de salud- en el marco de la emergencia por Coronavirus, remitió ayer el Consejo para la Transparencia (CPLT) a las entidades de la Administración del Estado, incluyendo autoridades sanitarias, servicios dependientes y municipios, entre otros organismos (Oficio 501 del 21 de abril 2020).
“Una de las cuestiones que nos moviliza para entregar guías y directrices a los organismos que oficiamos, es aclarar que los datos personales sensibles asociados al estado de salud de una persona, en este caso la identidad de alguien que haya sido diagnosticado o sea un caso sospechoso por Coronavirus, sólo puede ser divulgada o tratada por la autoridad sanitaria, cumpliendo estrictamente la normativa sobre protección de datos personales”, detalló el presidente del CPLT, Jorge Jaraquemada. En este sentido, agregó el abogado, el Ministerio de Salud (MINSAL) es el organismo con facultad exclusiva para comunicar este tipo de información y sólo podrá hacerlo exclusivamente a aquellas instituciones que pueden ejercer facultades de control del orden público, por ejemplo, Carabineros.
El oficio complementa especificaciones asociadas a la recopilación y tratamiento –incluyendo plazos de almacenamiento y comunicación- de información y datos personales relacionados con el Coronavirus remitido por la entidad a entidades públicas en marzo pasado, cuando se diagnosticaban los primeros casos en el país (oficio Nº 211 del 17 de marzo).
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