Sanciones ambientales pascua lama
Comentario a la sentencia del caso Pascua Lama.
Hablamos de una sentencia de 150 páginas, que se hace cargo de numerosos antecedentes agrupándolos en 11 temas y que en su parte considerativa incluye figuras, gráficos y tablas. Por ello no se pretende hacer aquí un comentario acabado de lo resuelto por el Segundo Tribunal Ambiental.
Hablamos de una sentencia de 150 páginas, que se hace cargo de numerosos antecedentes agrupándolos en 11 temas y que en su parte considerativa incluye figuras, gráficos y tablas. Por ello no se pretende hacer aquí un comentario acabado de lo resuelto por el Segundo Tribunal Ambiental.
Con todo, la decisión del Tribunal contiene aspectos específicos que quisiera destacar, pero sobre la base del principio del efecto relativo de las sentencias que recoge nuestro sistema jurídico.
En mayo de 2013 la Superintendencia del Medio Ambiente concluía un proceso sancionatorio contra los titulares del proyecto minero Pascua Lama, imponiendo multas como sanción a cinco infracciones. Sin embargo, una misma de esas infracciones comprendía trece incumplimientos a la Resolución de Calificación Ambiental del proyecto (considerándose uno de estos para la calificación y todos los demás como agravante), y otra de ellas, a su vez, comprendía seis incumplimientos a una resolución dictada por la Superintendente (disponiendo la adopción de medidas provisionales).
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