Diario Constitucional

Morosidad y protección de datos

Insolvencia y protección de datos

Al no existir comunicación o cruce de todas las obligaciones que una persona tiene con los diversos actores del sistema, y que si pueden ser comunicadas, se provoca un daño al sistema económico en cuanto a conocer con certeza el grado de la deuda de una personas.

26 de agosto de 2020·8 min de lectura
Imagen: carrefourbanco.com
Referencial

La Corte Suprema, con fecha 27 de mayo en la causa Rol Nº 24.846 “Araya contra Universidad Austral” y 20 de julio en causa Rol Nº 59.567 “Mancilla con Tesorería General de la República”, ha dictado sentencia fallando apelaciones por recursos de protección, declarando que habiendo sido terminado por el juzgado competente un procedimiento concursal de liquidación respecto de una persona y, por lo tanto, quedando ésta rehabilitada, debe entenderse como “extinguidos por el solo ministerio de la ley y para todos los efectos legales”, el conjunto de las obligaciones pendientes que la persona tenía (artículo 255, ley Nº 20.270), por lo cual debía borrarse del registro de morosidad todas las deudas insolutas involucradas en dicho procedimiento, entre ellas, las mencionadas en las causas aludidas relativas a deudas en materia educacional.

Fuera del interesante aspecto relativo a la insolvencia y reemprendimiento –antiguamente conocido como quiebras- podemos analizar estos fallos desde la óptica de la protección de datos personales, que fue el centro de las acciones interpuestas y no apareció mencionado de forma alguna.

Efectivamente, si se analiza la primera sentencia la argumentación del actor fue que su no eliminación del registro “perturbaría el legítimo ejercicio de su derecho a la honra” (considerando 1º). En la segunda resolución, se argumenta por el actor que la mantención de la deuda en el registro “al menos, amenazar el derecho a la honra” y también, “el derecho de propiedad sobre su patrimonio, en circunstancias que a su respecto fue dictada resolución de rehabilitación firme” (considerando 8º).

Constitucional AI: El fallo, a la vista. Prueba gratis.

Te puede interesar

Constitucional AI: La IA que cita. Tribunal, rol, fecha, enlace. Prueba gratis.