Reportaje

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Un breve análisis al proyecto de ley que busca reducir la jornada laboral a 40 horas.

La medida introducida por esta iniciativa apunta a una regulación del mercado del trabajo, la reducción de la jornada obligatoria, conjuntamente con la regulación del salario mínimo. Lo anterior se entiende como una valoración real de la fuerza del trabajo de cada persona, traduciéndose en un mejoramiento de las condiciones de vida y desarrollo espiritual y material de éstas.

30 de noviembre de 2021

El día 09 de marzo de 2017 ingresó a la Cámara y fue el día 29 de enero de 2020 cuando el proyecto que reduce la jornada laboral de 45 a 40 horas, iniciativa de la diputada Camila Vallejos tuvo su última actividad en el Congreso, en el segundo trámite constitucional en el Senado.

Este proyecto tiene la finalidad de reducir la jornada de trabajo de las trabajadoras y los trabajadores del país, que tendría un evidente aumento en la calidad de vida de la masa de trabajadores del país. La medida introducida por este proyecto de ley apunta a una regulación del mercado del trabajo, la reducción de la jornada obligatoria de trabajo conjuntamente con la regulación del salario mínimo. Lo anterior se entiende como una valoración real de la fuerza del trabajo de cada persona traduciéndose en un mejoramiento de las condiciones de vida y desarrollo espiritual y material, lo que se puede entender como la búsqueda efectiva del bien común, lo cual está garantizado por la Constitución de la República en su artículo primero.

En ese sentido, el proyecto de ley modifica el Artículo 22 del Código del Trabajo, el cual establece una jornada de trabajo de cuarenta y cinco horas semanales; el proyecto introduce una disposición para reducirlo progresivamente hasta las cuarenta horas semanales (8 horas diarias si se distribuye en cinco días, o bien 6 horas 40 minutos si se distribuye en seis días). Además, el proyecto modifica la media hora de colación por una hora y establece que se considerará tiempo trabajado. Asimismo, se aprobó una indicación que viene a precisar la norma definida en el Artículo 28 del Código del Trabajo que establece que el máximo semanal no podrá distribuirse en más de seis ni en menos de cinco días.

La disposición introducida indica que, sin perjuicio de dicha consideración, en las empresas en que existan sistemas de trabajo por turnos, excepcionales, bisemanales, especiales para el personal del transporte o cualquier otro sistema especial de duración y distribución de la jornada de trabajo que contemple este Código, la jornada semanal podrá, por acuerdo de las partes, promediarse en períodos bimensuales o trimestrales de distribución de días de trabajo y de descanso. Lo anterior también se aplicará para el personal contratado para prestar servicios por obras o faenas determinadas.

Fundamentos del proyecto

En el libelo de ingreso del proyecto de reducción de la jornada laboral se señalan los siguientes fundamentos por los cuales debería ser aprobado:

1. El crecimiento económico debe traducirse en un desarrollo material y espiritual equitativo para todos los miembros de la comunidad nacional.

2. Bajo las actuales condiciones económicas y legislativo-correctivas de la desigualdad, no puede decirse que el desarrollo sea accesible para todos los integrantes de la comunidad política. Todavía contamos con una política de recaudación deficitaria en lo que respecta a la reducción de la desigualdad, v.gr. el efecto regresivo del IVA, entre otros factores. Nuestra política de gasto es una política focalizadora que, bajo ningún respecto, puede considerarse contribuyente a garantizar los derechos de los chilenos, pues solo busca la corrección de la pobreza y no la reducción positiva de la desigualdad.

3. Hay varias modificaciones que este Congreso Nacional puede realizar para mejorar las condiciones de vida de los chilenos y uno de los cambios más imperiosos en Chile se refiere a la extensión de la jornada de trabajo.

4. Los estudios comparados sobre la extensión de jornadas laborales, muestran inequívocamente que en Chile se trabaja semanalmente una cantidad de horas excesivas, lo que repercute directamente en una baja valorización del trabajo asalariado.

5. La reducción de la jornada laboral es una demanda histórica de trabajadores que, por prejuicios de carácter economicista, no se ha llevado a cabo de manera sustantiva, a pesar de la evidencia empírica que una política pública de este contenido apareja, como resultado global, mejoras en la calidad de la vida personal y familiar de trabajadores, disminuyendo riesgos para la salud, potenciando el bienestar y el rendimiento laboral.

6. En los países donde se ha implementado una reducción de la jornada laboral, la tendencia generalizada muestra que el valor de la productividad media del trabajo aumenta considerablemente, pues los estudios muestran que a nivel agregado, existe una relación inversamente proporcional entre la productividad y la cantidad de horas de trabajo; a saber, tal como muestran diversos estudios sobre la materia, países con jornadas laborales menos extensas, tienen una mayor productividad que aquellos en los cuales trabajan una cantidad de horas mayor.

7. El salario nominal es en apariencia convencional, pues surgiría del consentimiento del trabajador y el empleador, pero sabemos que no es así. El mercado del trabajo regula el “óptimo” del salario nominal, es decir: el precio del trabajo se fija como el de cualquier otra mercancía, donde los indicadores macroeconómicos tienen mayor relevancia que el acuerdo entre trabajador y empleador. Este salario nominal tiene un mínimo legal en el salario mínimo establecido por ley.

8. El salario real se puede calcular como la cantidad de producto social que le pertenece a un trabajador en el proceso productivo (que en la economía clásica correspondía al costo de reproducción del trabajador y su prole, esto es, debía ser el mínimo para la conservación de la oferta de mano de obra). Pero hoy, en las democracias modernas sabemos que el salario real aumenta o disminuye según menos o más horas de trabajo se necesiten para ganar una cantidad constante de salario nominal.

9. La reducción de la jornada de trabajo asegura el mejoramiento de las condiciones de vida de los trabajadores y caeteris paribus aumenta los salarios reales, reconociendo el rol fundamental de los trabajadores en la producción nacional.

10. Finalmente, al reducir la jornada se mejora el rendimiento laboral, además de los beneficios sociales destacados anteriormente.

Gradualidad en la aplicación

El proyecto establece un sistema gradual de aplicación de la ley, en el caso de ser promulgada. En concreto, señala que estas las modificaciones al Código del Trabajo comenzarán a aplicarse a los doce meses desde la entrada en vigencia de la ley. Sin perjuicio de lo anterior, las empresas cuyos ingresos anuales por ventas y servicios y otras actividades del giro no excedan las 75.000 unidades de fomento en el último año calendario a la fecha de vigencia de la ley estarán facultadas para reducir la jornada ordinaria máxima semanal de forma gradual.

De esta manera se dispone que, al inicio de los doce meses desde la entrada en vigencia de la ley, se comenzará en 44 horas semanales y, posteriormente, se irá disminuyendo una hora por año, hasta alcanzar las 40 horas semanales al quinto año.

Productividad y experiencia comparada

Según datos de la OCDE referente al nivel de productividad de trabajadores de 39 países vinculados a la organización internacional, Chile se encuentra en el lugar 36, superando solo a Costa Rica, México y Sudáfrica. Ahora bien, con respecto a las cifras, cada trabajador en Chile aportó, en promedio en el año 2020, US$30,4 cada hora al PIB nacional. Por otro lado, países en que la jornada laboral no supera las 40 horas como Luxemburgo, noruega o Dinamarca, el PIB por hora fue de US$ 96,78; US$ 85,5; y US$ 75,4 respectivamente.

Existe un sector que señala que, para que Chile y los demás países latinoamericanos –con límites entre 47 y 48 horas semanales- puedan bajar la jornada laboral sin mayores impactos negativos en la economía es necesario ser más productivos de manera previa y no viceversa. Ya que, si en Chile actualmente se reduce de 45 a 40 horas semanales, se va a producir menos y por ende se va a ganar menos.

Por otra parte, también están los que afirman que, al bajar la jornada laboral, sería un incentivo para los trabajadores de modo tal que tendrán más tiempo para descansar, pasar tiempo con la familia, realizar ejercicio, etc. Lo que consecuentemente llevaría a tener un mayor desempeño en el trabajo, pues la experiencia ha mostrado que las mejoras en las condiciones laborales antecedieron al desarrollo productivo y al sostenido aumento de la productividad en diferentes países desarrollados –como, por ejemplo, los nórdicos-. Además de esto, expertos señalan que para potenciar la productividad en el país es indispensable una mayor inversión en equipos, en capacitación hacia los trabajadores e integrar la tecnología a los diferentes sectores productivos.

Como referencia, en nuestro país entre 1990 y 2008 el ingreso per cápita pasó de US$9.500 a US25.100 anuales y la jornada laboral semanal efectiva bajó de 49 a 41.3 horas. Sin perjuicio de esto, la reducción de la jornada laboral implementada en 2005 la cual la redujo de 48 a 45 horas semanales, no parece haber gatillado un aumento en la productividad según las cifras existentes.

En ese sentido, una buena idea es ir midiendo la productividad en los distintos sectores de la economía mientras se va reduciendo gradualmente la jornada laboral cada año, de modo de tener métricas que indiquen la relación horas trabajadas/productividad y de esta manera ir haciendo los correspondientes ajustes antes de que se produzcan efectos negativos en el mercado.

El otro proyecto de ley sobre reducción de la jornada laboral

Por su parte, está también en tramitación el proyecto de ley que busca reducir la jornada laboral a 4×3 esto es, cuatro días de trabajo y tres de descanso. Es el diputado Raúl Soto quien impulsó la moción la cual ingreso a la Cámara el día 24 de junio de 2021 y que busca adecuar la semana en relación al empleo, en un ánimo de velar por la salud física y mental de los trabajadores beneficiando la vida personal con más tiempo para la recreación, la familia y otras actividades.

Otro de los firmantes del proyecto, el diputado Gastón Saavedra señaló que la iniciativa de ley “mejora las condiciones de trabajo y las condiciones de vida del trabajador, por lo que hará que exista un mayor compromiso de los trabajadores con los objetivos empresariales”. Y que además “esperamos que estimule a los empresarios a tener un mayor compromiso con sus trabajadores, para que existan relaciones laborales de colaboración y de respeto entre trabajador y empresario.

El autor de la iniciativa señala “Lo que proponemos es que exista derechamente la posibilidad de que los trabajadores y trabajadoras, adecuen sus jornadas de trabajo semanal en una formula 4×3, es decir, que se trabajen 4 días a la semana, por ejemplo, de lunes a jueves y se descansa viernes, sábado y domingo, o bien, trabajar martes, miércoles, jueves y viernes y descansar sábado domingo y lunes”.

En ese sentido, el proyecto también busca rebajar la jornada laboral de 45 a 40 horas al año siguiente en que se apruebe la moción, para finalmente establecer 38 horas semanales con el objeto de que sea efectivamente realizable una jornada de 4 días de trabajo. La distribución mencionada no podrá significar, bajo ningún concepto, una disminución en la remuneración del trabajador, ni tampoco alguna afectación a los derechos individuales y colectivos del trabajador, y al igual que el proyecto original de las 40 horas el horario de colación estaría incluido dentro de este.

Conclusiones

En definitiva, el proyecto de reducción de la jornada laboral ha producido un gran debate, el cual tiene detractores y promotores. La experiencia en Chile y a nivel comparado indica que sí es posible realizar este tipo de cambios en las condiciones laborales (como la jornada laboral) y que haciéndolo de una manera seria y estudiada puede traer cambios positivos para trabajadores y empleadores –como una mayor productividad y mayor tiempo libre- y en consecuencia para la economía del país. Esta discusión es aún más necesaria en el momento por el cual atravesamos, en que la pandemia de coronavirus ha afectado la salud mental de una gran parte de la población, lo que se suma a los altos niveles de estrés en que se encuentran los trabajadores por lo que una medida que otorgue al trabajador más tiempo libre puede ser de gran ayuda en estos agitados tiempos. Por el momento queda seguir esperando que avance la tramitación del proyecto en el congreso, el cual está a la espera para que se discuta en general y en particular en la comisión de trabajo.

 

 

 

 

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  1. Tomo con total alegría este histórico paso que da el gobierno del Presidente Gabriel Boric en cooperación con el Senado de la República de Chile en pos de hacerse responsable de la calidad de vida del país, sin agotar recursos en la disputa ideológica que por décadas nos tenía estancados en la inercia de post de los 70s.

    Este gran avance, que hasta la fecha actual (2023) se mantiene en buen cauce, viene a dignificar la labor del trabajador chileno, reconociendole su derecho a tener tiempo para sí mismos.

    Estoy seguro que las empresas estarán a la altura de los cambios y se harán responsables de sus procesos a fin de mejorar la productividad proyectada de sus trabajadores, considerando que estamos ad portas de la Revolución de la automatización.
    Incluso, para quienes no estén al nivel, el proyecto considera el apoyo estatal, en especial la empresa pequeña.

    Este hito es motivo de estar más unidos como país, de velar con más ahinco por el progreso de nuestra gente y que más allá de su bandera hay seres humanos.

  2. Revisando los datos que señalan, muchos de ellos de fuentes no confiables, se demuestra claramente que los países desarrollados tienen un per cápita 3 veces superior al chileno, dónde los trabajadores realmente producen cada hora que trabajan. Algo que desgraciadamente no podemos replicar en Chile.
    Cada empresa paga según la producción o productividad de su empleado, disminuir las horas de trabajo disminuye efectivamente su productividad, y no hay ningún estudio serio que demuestre lo contrario.

    1. Hola Patricio, te invito a que te des una vuelta empresa por empresa y veas las horas muertas de trabajo, en donde, en muchos casos, la gente saca la vuelta, se toma mas tiempo de colación del que debiera, etc. Trabajar mas no es sinónimo de producir mas.