
España.
Es nulo el despido de una trabajadora que alegó estar embarazada en la ampliación de su demanda y después de la dictación del fallo.
Teniendo en cuenta que la circunstancia del embarazo de la trabajadora despedida es totalmente objetiva y lleva a la declaración de nulidad del despido no procedente en aplicación de la normativa atinente, independiente de su conocimiento por la empresa, así lo debe declarar este Tribunal.
23 de marzo de 2023