
Recurso de casación en el fondo rechazado.
No se pueden solicitar los frutos civiles producidos en una actividad comercial respecto de la cual no se posee giro, resuelve la Corte Suprema.
El actor no posee giro de arriendo de vehículos motorizados, por ende, no estaba en conocimiento de la mediana diligencia para llevar adelante un negocio de esas características, y sus argumentos en contrario fueron considerados por el máximo Tribunal como un intento de modificar los hechos asentados en la causa.
29 de septiembre de 2022