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#ARTICULO-510-CODIGO-DEL-TRABAJO

Corte Suprema acoge queja y descarta caducidad de despido injustificado en demanda de trabajadora municipal a honorarios

Tutela judicial efectiva

Corte Suprema acoge queja y descarta caducidad de despido injustificado en demanda de trabajadora municipal a honorarios

La acción de despido injustificado no puede analizarse aisladamente cuando está supeditada a la previa declaración de la relación laboral. Reprochó a la Corte de Santiago haber aplicado erróneamente el plazo de caducidad del artículo 168 del Código del Trabajo cuando la acción declarativa se rige por el plazo de dos años previsto en el artículo 510 del Código del Trabajo. Ordenó dar curso a la demanda en todas sus acciones.

05 de febrero de 2026

enestrado.com/carta-de-despido-debe-estar-argumentada-jueza-acoge-demanda-en-contra-de-banco-por-despido-injustificado-de-exejecutiva/

Acoge recurso de queja

Corte Suprema revoca caducidad en demanda laboral y ordena continuar proceso

Aplicar el plazo de caducidad del despido injustificado resulta improcedente cuando primero debe resolverse la existencia de la relación laboral. No es posible separar la acción de despido injustificado de la acción declarativa de relación laboral. La acción declarativa del vínculo laboral tiene un plazo de ejercicio de dos años, según el artículo 510 del Código del Trabajo

30 de diciembre de 2025

Imagen: aldiachile.microjuris.com

Recurso de queja acogido

Corte Suprema revoca caducidad de demanda laboral que incluye declaración de relación laboral y despido injustificado

Dejó sin efecto la decisión del Juzgado de Letras del Trabajo y de la Corte de San Miguel que habían declarado caducada la acción de despido injustificado, al estimar que ésta no puede separarse de la demanda de reconocimiento de relación laboral y que, en tal contexto, corresponde aplicar el plazo de prescripción general de dos años.

10 de diciembre de 2025