
Privacidad de parlamentarios
Establecimiento de medidas de control para evitar que parlamentarios revelen información protegida judicialmente es facultad de cada Estado, resuelve el TEDH.
Corresponde en primer lugar a los parlamentos nacionales evaluar la necesidad de imponer restricciones a la conducta de sus miembros. Esta posición respeta el principio constitucional de autonomía parlamentaria. En el Reino Unido, existe una norma que obliga a los miembros de la Cámara de los Lores a informar con al menos 24 horas de antelación al presidente si planean discutir un asunto pendiente en los tribunales.
10 de abril de 2025

