
Adolece de manifiesta falta de fundamento.
CS rechazó el recurso de casación en el fondo deducido en contra de la sentencia que excluyó de procedimiento de liquidación voluntaria el pago de un crédito con aval del Estado.
El máximo Tribunal descartó infracción de ley en la resolución impugnada, dictada por la Corte de Apelaciones de Concepción.
31 de diciembre de 2020