
Recurso de protección acogido, en fallo dividido.
Caja de Compensación debe abstenerse de descontar deuda por crédito social desde la remuneración del actor.
El descuento efectuado a la remuneración del recurrente es un acto abusivo, debido a que la Caja de Compensación pretende hacerse del cobro de su crédito sin acudir ante la judicatura respectiva, vulnerando el derecho de propiedad del actor.
24 de agosto de 2023