
Corte rechaza recurso de nulidad
Aunque la Corporación Municipal de Calama haya adquirido un inmueble de manera irregular, no se configura fraude al fisco si la propiedad quedó inscrita a su nombre al no producirse un perjuicio fiscal.
Lo que a los persecutores les correspondía acreditar es que producto de esta compra al Fisco se le generó un menoscabo patrimonial o se les privó de adquirir ingresos que le eran legítimos, no obstante, y tal como fue abordado por las defensas, no se acompañaron pruebas suficientes que dieran cuenta de este menoscabo patrimonial.
13 de marzo de 2025