
Recurso de amparo acogido por Corte de Puerto Montt.
Resoluciones que se dicten en causas proteccionales deben cumplir con los requisitos de fundamentación establecidos por la ley para su existencia y validez.
Si bien en estas causas el grado de formalidad que se debe observar puede resultar morigerado en comparación con una causa contenciosa, atendida la especial naturaleza del procedimiento y la protección que busca respecto de niños, niñas y adolescentes, la sentencia debe expresar las motivaciones de hecho y de derecho para arribar a la decisión.
20 de julio de 2024